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TIPOS DE APORTACIONES ECONÓMICAS

Existen tres tipos de aportaciones económicas: una al capital social, cuota de ingreso y/o periódicas, y aportaciones para financiar la vivienda y anexos.

Aportaciones al capital social

Su importe suele ser de pequeña cuantía y siempre reembolsable en caso de baja, aunque puede haber deducciones si la baja no es justificada y lo prevén los estatutos. La devolución se produce en las condiciones y plazos que señala el artículo 84 de la Ley 2/1999, de 31 de marzo de Sociedades Cooperativas Andaluzas.

Cuota de ingreso y/o periódicas para gastos de la cooperativa

Están reguladas por el artículo 86 de la Ley 2/1999, de 31 de marzo de Sociedades Cooperativas Andaluzas. No integran el capital social ni son reintegrables. Su destino es sufragar los gastos generados por la actuación de la sociedad cooperativa y los servicios que esta realice tanto en las primeras etapas de su funcionamiento como posteriormente: constitución, mantenimiento, administración, gestión, etc.

Entrega o aportaciones para financiar la vivienda y anexos

Se determinarán como resultado del plan de financiación que deberá aprobar la asamblea general y conocer y admitir contractualmente el socio cooperativista. Estas aportaciones se realizan mediante una entrega inicial y fraccionado en plazos periódicos durante las obras de ejecución, y el resto mediante la obtención de préstamos hipotecarios.